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Normas Ecuatorianas de Contabilidad N°26 (página 2)




Enviado por Jackson Garcia



Partes: 1, 2

71.- Los siguientes ejemplos recogen sucesos que pueden
caber dentro de la definición de
reestructuración:

a) venta o liquidación de una línea de
actividad;

b) la clausura de un emplazamiento de la empresa en un
país o región, o bien la reubicación de las
actividades que se ejercían en un país o
región a otros distintos;

c) los cambios en la estructura de la gerencia, como por
ejemplo la eliminación de un nivel o escala de directivos
empresariales, y

d) las reorganizaciones importantes, que tienen un
efecto significativo sobre la naturaleza y enfoque de las
actividades de la empresa.

72.- Se reconocerá una provisión por
costos de reestructuración, solo cuando se cumplan las
condiciones generales de reconocimiento de provisiones
establecidas en el párrafo 15. En los párrafos 73 a
84 se determina cómo aplicar los criterios generales de
reconocimiento al caso de las reestructuraciones.

73.- Surge, para la empresa, una obligación
asumida, por causa de una reestructuración, solo
cuando:

a) Tiene un plan formal y detallado para proceder a
la reestructuración, en el que se identifican, al
menos:

i) las actividades empresariales, o parte de las
mismas, implicadas;

ii) las principales ubicaciones
afectadas;

iii) la ubicación, función y
número aproximado de los empleados que serán
indemnizados tras prescindir de sus servicios;

iv) los desembolsos que se llevarán a cabo,
y

v) las fechas en las que el plan será
implementado

b) ha producido una expectativa válida entre
los afectados, en el sentido de que la reestructuración se
llevará a cabo, ya sea por haber comenzado a implementar
el plan o por haber anunciado sus principales
características a los mismos.

74.- La evidencia de que la empresa ha empezado a llevar
a cabo el plan de reestructuración podría venir
dada, por ejemplo, por un plan de desmantelamiento de las
instalaciones o de venta de los activos correspondientes, y
también por el anuncio público de las principales
características del plan. El anuncio público del
plan detallado de reestructuración constituirá una
obligación asumida para reestructuras, solo si se hace de
tal manera y con suficiente detalle (es decir, dando a conocer
las principales características del mismo), que sea capaz
de producir expectativas válidas entre los terceros
implicados, esto es, entre los clientes, proveedores y empleados
(o sus representantes), sobre el hecho de que la empresa va a
llevar efectivamente a cabo la
reestructuración.

75.- Para que el plan sea suficiente como para dar lugar
a una obligación asumida por la entidad, al
comunicárselo a los que resulten afectados por él,
es necesario que su implantación esté planeada para
dar comienzo en cuanto sea posible, y además que el
calendario de actuaciones haga improbable cualquier cambio
significativo sobre lo inicialmente previsto. Si, por el
contrario, se espera que transcurra un largo período de
tiempo antes de que la reestructuración comience, o bien
que la reestructuración requiera un intervalo de tiempo no
razonable por dilatado, es improbable que el plan produzca
expectativas válidas, entre los terceros afectados, sobre
el hecho de que la empresa está comprometida en una
reestructuración, puesto que el calendario de actuaciones
da a la entidad oportunidades para cambiar sus planes
iniciales.

76.- Si la decisión de reestructuración ha
sido tomada, por la gerencia o el órgano de
administración de la empresa, antes de la fecha del
balance general, no dará lugar a la existencia de una
obligación asumida, a menos que la citada empresa, para
ese momento haya:

a) empezando a implementar el plan de
reestructuración, o bien

b) anunciando las principales características del
plan de reestructuración, a todos los que vayan a resultar
afectados por el mismo, de una manera suficientemente concreta
como para producir, en los mismos, expectativas válidas en
el sentido de que la empresa va a llevar a cabo la
reestructuración.

En algunos casos, la empresa comienza a implementar el
plan de reestructuración, o procede a anunciar sus
principales características a los afectados por el mismo,
después de la fecha del balance de situación
general. En tal caso puede ser obligatoria la información
complementaria al respecto, según lo establecido por la
NEC 4, Contingencias y hechos ocurridos después de la
fecha del balance, siempre y cuando sea de tal importancia la
reestructuración que la falta de información pueda
afectar a la capacidad de los usuarios de los estados financieros
para realizar las evaluaciones apropiadas para tomar
decisiones.

77.- Una obligación asumida no se genera solo por
la decisión tomada por la gerencia de la empresa, no
obstante puede surgir de otros sucesos asociados con tal
decisión. Por ejemplo, las negociaciones con los
representantes de los empleados para discutir las indemnizaciones
por despido colectivo, o con posibles compradores para la venta
de las instalaciones que constituyen una operación pueden
haber producido acuerdo firmes que para su efectividad necesiten
solo la aprobación correspondiente del Directorio o la
administración. Una vez que se ha conseguido esta
aprobación, y ha sido comunicada a los terceros
implicados, la empresa tiene una obligación asumida para
reestructurar, siempre y cuando se cumplan las condiciones del
párrafo 73.

78.- En algunos casos, la decisión última
de la reestructuración descansa en el Directorio o Junta
de Accionistas entre cuyos miembros se incluyen representantes de
intereses distintos de los que corresponden a la
Administración (por ejemplo, de empleados), o bien es
preciso informar convenientemente a tales representantes antes de
que el órgano de administración tome la
decisión. En tanto en cuanto la decisión tomada por
este órgano implica la comunicación a los
anteriores representantes, pueden dar lugar a una
obligación asumida para reestructurar.

79.- No surge ningún tipo de
obligación para la empresa por causa de la
desapropiación de una de sus operaciones, hasta que la
empresa se ha comprometido en vender, es decir, hasta que exista
un compromiso firme de venta.

80.- Incluso en el caso de que la empresa haya tomado la
decisión de vender una determinada operación, y
haya anunciado públicamente su decisión, no
estará comprometida a la venta hasta que haya identificado
al comprador y exista un compromiso firme, la empresa puede
cambiar sus intenciones iniciales, y por otra parte tendrá
que tomar otro curso de acción si no puede encontrar un
comprador que le ofrezca condiciones aceptables. Cuando se
contempla la venta de una operación, como una parte de la
reestructuración, se comprobará, en primer lugar,
el posible deterioro del valor de los activos pertenecientes a la
misma, atendiendo a lo establecido en la NEC 27, Deterioro del
Valor de los Activos. En este caso hay que tener en cuenta que,
al ser la venta solo una parte de la reestructuración,
podría aparecer una obligación asumida por otros
aspectos de la reestructuración antes de que existiera un
compromiso firme de venta.

81.- La provisión por reestructuración
debe incluir solo los desembolsos que surjan directamente de la
reestructuración, que son aquellos que de forma
simultánea están:

a) necesariamente impuestos por la
reestructuración, y

b) no asociados con las actividades que
continúan en la empresa.

82.- Una provisión por reestructuración no
incluye costos tales como los de:

a) formación o reubicación del personal
que permanezca dentro de la empresa;

b) comercialización o publicidad, e

c) inversión en nuevos sistemas
informáticos o redes de distribución

Tales desembolsos tienen relación con la
gestión futura de la actividad, y por tanto no son pasivos
derivados de la reestructuración en la fecha del balance
de situación general. Tales gastos o inversiones se
tratarán, contablemente, de la misma manera que si se
produjeron con independencia de la
reestructuración.

83.- las pérdidas identificables, derivadas de la
operación de las actividades afectadas por la
reestructuración, no se incluirán en el importe de
la provisión, salvo que estén relacionadas con un
contrato de carácter oneroso, tal y como se define en el
párrafo 11.

84.- Como se exige en el párrafo 52, las posibles
ganancias derivadas de la venta de actividades no se
tendrán en consideración al medir el importe de la
provisión por reestructuración, incluso aunque las
mismas se consideren como una parte integrante de la propia
reestructuración.

Información a
revelar

85.- Para cada tipo de provisión, la empresa
debe informar acerca de:

a) el valor en libros al principio y al final del
período;

b) las dotaciones efectuadas en el período,
incluyendo también los incrementos en las provisiones
existentes;

c) los importes utilizados (esto es, aplicados o
cargados contra la provisión) en el transcurso del
período;

d) los importes no utilizados que han sido objeto de
liquidación o reversión en el período,
y

e) el aumento, durante el período, en los
saldos objetos de descuento, por causa de los intereses
acumulados, así como el efecto que haya podido tener
cualquier eventual cambio en la tasa de
descuento.

No es preciso suministrar información
comparativa.

86.- La empresa debe revelar, por cada tipo de
provisión, información sobre los siguientes
extremos:

a) una breve descripción de la naturaleza de
la obligación contraída, así como el
calendario esperado de las salidas de beneficios
económicos, producidos por la misma.

b) una indicación acerca de las
incertidumbres relativas al importe o al calendario de las
salidas de recursos que producirá la provisión. En
los casos en que sea necesario para suministrar la
información adecuada, la empresa debe revelar la
información correspondiente a las principales
hipótesis realizadas sobre los sucesos futuros a los que
se refiere el párrafo 49.

c) el importe de cualquier eventual reembolso,
informando además de la cuantía de los activos que
hayan sido reconocidos para recoger los eventuales reembolsos
esperados.

87.- A menos que la posibilidad de una eventual
salida de recursos para liquidarla sea remota, la empresa debe
dar, para cada tipo de pasivo contingente en la fecha del balance
de situación general, una breve descripción de la
naturaleza del mismo y, cuando fuese posible:

a) una estimación de sus efectos financieros,
medidos según lo establecido en los párrafos 37 a
53;

b) una indicación de las incertidumbres
relacionadas con el importe o el calendario de las salidas de
recursos correspondientes, y

c) la posibilidad de obtener eventuales
reembolsos.

88.- Para determinar qué provisiones o qué
pasivos contingentes pueden agregarse en cada uno de los tipos o
clases, es necesario considerar si la naturaleza de las partidas
es lo suficientemente similar como para admitir una
información común que las abarque todas, para
cumplir con los requisitos establecidos en los párrafos
86, a) y b), y 87, a) y b). De esta forma, puede resultar
apropiado considerar como un solo tipo de provisión los
importes relativos a las garantías comunes y las referidas
a reclamaciones judiciales. Además, se revelará las
contingencias con organismos de control.

89.- Cuando nacen, de un mismo conjunto de
circunstancias, una provisión y un pasivo contingente, la
empresa redactará las revelaciones complementarias
exigidas por los párrafos 85 a 87, de manera que se
muestren la relación existente entre una y
otra.

90.- En el caso de que sea probable la entrada de
beneficios económicos, la empresa debe incluir en las
notas una breve descripción de la naturaleza de los
activos contingentes correspondientes, existentes en la fecha del
balance y, cuando ello sea posible, una estimación de sus
efectos financieros, medidos utilizando los principios
establecidos para las provisiones en los párrafos 37 a
53.

91.- Es muy importante que, la información que se
suministre sobre los activos de carácter contingente,
evite las indicaciones que puedan confundir respecto a la
posibilidad de la obtención de los ingresos
correspondientes.

92.- En aquellos casos en los que no se revele la
información exigida por los párrafos 86 y 89,
porque no sea posible hacerlo, este hecho debe ser revelado en
las notas correspondientes.

93.- En ciertos casos posibles, pero extremadamente
raros en la práctica, puede esperarse que la
información a revelar relativa a algunos de los extremos
exigidos en los párrafos 85 a 90, perjudique seriamente a
la posición de la empresa, en disputas con terceros
relativas a las situaciones que contemplan las provisiones, los
pasivos contingentes o los activos de igual naturaleza. En tales
casos, no es preciso que la empresa revele esta
información, pero debe describir la naturaleza
genérica de la disputa, junto con el hecho de que se ha
omitido la información y las razones que han llevado a
tomar la decisión.

Fecha de
vigencia

94.- Esta Norma de Contabilidad entra en vigor para
los estados financieros que correspondan a períodos que
inicien él o después del 1ro de enero del 2002. se
estimula su aplicación previa.

95.- Esta norma deroga aquellas partes de la NEC 4.
Contingencias y Hechos Ocurridos después de la Fecha del
Balance, que se refieran a las contingencias.

Apéndice

Apéndice A

TABLAS – Provisiones, Pasivos Contingentes,
Activos Contingentes y Reembolsos

El propósito de este Apéndice es el de
resumir las principales exigencias de la Norma. No forma parte de
la Norma y debe entenderse en el contexto del articulado completo
de la misma.

Provisiones y Pasivos
Contingentes

En el caso de que, como consecuencia de sucesos
pasados, pueda producirse una salida de recursos
económicos que incorporen beneficios económicos
para pagar: a) una obligación presente, o b) una
obligación posible, cuya existencia ha de ser confirmada
solo por la ocurrencia, o en su caso por la no ocurrencia, de uno
o más eventos inciertos en el futuro, que no están
enteramente bajo el control de la empresa.

Existe una obligación
presente que probablemente exija una salida de
recursos.

Existe una obligación
posible, o una obligación presente, que puede o no
exigir una salida de recursos

Existe una obligación
posible, o una obligación presente en la que se
considera remota la posibilidad de salida de
recursos.

Se procede a reconocer una provisión
(párrafo 15).

Se exige revelar información complementaria
sobre la provisión (párrafos 85 y
86)

No se reconoce provisión (párrafo
28).

Se exige revelar información complementaria
sobre el pasivo contingente (párrafo 87).

No se reconoce provisión (párrafo
28).

No se exige revelar información
complementaria (párrafo 87).

También aparece un pasivo contingente en el caso,
extremadamente raro de que exista una obligación que no
pueda ser reconocida en los estados financieros porque no pueda
ser valorada con fiabilidad. Se exige información
complementaria sobre este tipo de pasivo contingente.

Activos contingentes

En el caso de que, como consecuencia de sucesos pasados
exista un activo posible, cuya existencia ha de ser confirmada
solo por la ocurrencia, o en su caso por la no ocurrencia, de uno
o más eventos inciertos en el futuro, que no están
enteramente bajo el control de la empresa.

La entrada de beneficios económicos es
prácticamente cierta.

La entrada de beneficios económicos es
probable, pero no prácticamente cierta.

La entrada de beneficios económicos no es
probable

El activo no es de carácter
contingente

No se reconoce ningún activo
(párrafo 32)

Se exige revelar información complementaria
(párrafo 90)

No se reconoce ningún activo
(párrafo 32).

No se exige revelar información
complementaria (párrafo 90)

Reembolsos

Se espera que una parte o la totalidad de los
desembolsos necesarios para liquidar una provisión sean
reembolsados a la empresa por un tercero.

La empresa no ha contraído obligaciones por
la parte del desembolso que ha de ser reembolsado por el
tercero.

La empresa está obligada por la parte de la
deuda cuyo reembolso se espera, y además está
prácticamente segura de que recibirá el
desembolso cuando pague la provisión.

La empresa está obligada por la parte de la
deuda cuyo reembolso se espera, pero el reembolso no es
prácticamente seguro cuando la empresa pague la
provisión.

La entidad no tiene responsabilidad por el importe
que ha de ser reembolsado (párrafo 58).

El reembolso es objeto de reconocimiento, como
activo independiente, en el balance de situación
general, y el ingreso correspondiente puede ser compensado
con el gasto relacionado en el estado de resultados. El
importe reconocido como reembolso esperado no
superará al pasivo correspondiente (párrafos
54 y 55).

El reembolso esperado no se reconoce como un
activo (párrafo 54)

No se exige revelar información

Se revela información sobre las condiciones
de reembolso a la vez que del importe del mismo
(párrafo 86 c).

Se revela información a sobre el reembolso
esperado (párrafo 86 c).

Apéndice B

Árbol de
Decisión

El propósito perseguido, con este árbol de
decisión, es el de resumir los principales requisitos para
el reconocimiento de provisiones y pasivos contingentes
contenidas en la Norma. El árbol de decisión no es
parte integrante de la Norma y debe entenderse en el contexto del
articulado completo de la misma.

Nota: En algunos casos raros no queda claro si
existe o no una obligación en el momento presente. En
tales circunstancias, se considera que un suceso ocurrido en el
pasado ha dado origen a una obligación

presente si, teniendo en cuenta toda la evidencia
disponible, existe una probabilidad mayor de que se haya
incurrido en la obligación, en la fecha del balance
general, que de lo contrario (párrafo 16 de la
Norma).

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Apéndice
C

Ejemplos de Reconocimiento de
Provisiones

Este apéndice no forma parte de la Norma, es
meramente ilustrativo acerca de la aplicación de la misma,
con la finalidad de ayudar a clarificar su
significado.

Todas las empresas de los ejemplos que siguen cierran su
período contable a 31 de diciembre. En todos los casos
existe la suposición de que puede hacerse una
estimación fiable de todas las salidas de recursos
esperadas. En algunos ejemplos, las circunstancias que se
describen pudieran haber producido pérdidas por deterioro
en el valor de algunos activos, pero este extremo particular no
es objeto de tratamiento en este Apéndice.

Las referencias cruzadas que se indican en los ejemplos
indican los párrafos de la Norma que son particularmente
relevantes. El apéndice debe leerse en el contexto de la
redacción global de la Norma.

En los casos donde el efecto del valor temporal del
dinero es significativo, las referencias a la "mejor
estimación" se entienden efectuadas al valor presente de
la partida correspondiente.

Ejemplo 1: Garantías sobre productos
vendidos

Una empresa de manufacturas ofrece, a los compradores de
su producto, garantías en el momento de realizar sus
adquisiciones. En virtud de las condiciones del contrato de
venta, la empresa manufacturera se compromete a subsanar, por
medio de la reparación o de la sustitución de los
productos, los defectos de fabricación que se pongan de
manifiesto en el transcurso de tres años desde el momento
de la transacción. Según la experiencia pasada, es
probable (es decir, es más posible su ocurrencia que lo
contrario) que se presenten algunas reclamaciones en el
período de garantía.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
el suceso que da
origen a la obligación es la venta del producto con
garantía, la cual hace que se produzca una
obligación legal.

Una salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
resulta probable para el conjunto de las
garantías a los compradores (véase el
párrafo 25).

Conclusión: Se reconocerá una
provisión por el importe de la mejor estimación de
los costos de reparar o sustituir los productos vendidos antes de
la fecha del balance (véanse los párrafos 15 y
25).

Ejemplo 2A: Caso de legislación, referente
a terrenos contaminados, cuya aprobación es
prácticamente segura.

Una empresa petrolífera produce
contaminación, pero no sanea los terrenos que ha utilizado
más que cuando la legislación del país en el
que opera obliga a ello. Un determinado país en el cual
tiene operaciones no cuenta, hasta el momento presente, con
legislación que le obligue al saneamiento de los terrenos
utilizados. Sin embargo, es prácticamente seguro que, poco
después del 31 de diciembre del año 2000, se
aprobará en el país en cuestión una ley,
ahora en proyecto, que obligará a la empresa a sanear y
limpiar los terrenos ya contaminados.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
el suceso que da
origen a la obligación es la contaminación de los
terrenos, a causa de la práctica seguridad de la
aprobación de la legislación que exige su
saneamiento y limpieza.

Salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
Probable.

Conclusión: Se reconocerá la
oportuna provisión, por importe de la mejor
estimación de los costos de saneamiento y limpieza de los
terrenos (véanse los párrafos 15 y 23).

Ejemplo 2B: Caso de una obligación asumida
para sanear terrenos contaminados

Una empresa petrolera, que produce contaminación
en los terrenos que explota, opera en un país en donde no
existe legislación medioambiental. No obstante, la empresa
cuenta con una bien conocida política medioambiental,
según la cual toma bajo su responsabilidad la limpieza de
toda la contaminación que produzca su actividad. La
empresa hace honor a sus compromisos.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso que ha dado origen a la misma:
El suceso que ha dado
origen al compromiso es la contaminación de los terrenos,
produciendo una obligación asumida, puesto que la conducta
de la empresa ha creado una expectativa válida, ante los
afectados, de que procederá al saneamiento de la
contaminación causada.

Una salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
Probable.

Conclusión: Se reconocerá la
oportuna provisión, por importe de la mejor
estimación de los costos de saneamiento y limpieza de los
terrenos (véanse tanto el párrafo 11, para la
definición de obligación asumida, como los
párrafos 15 y 18).

Ejemplo 3: Plataforma petrolífera
marina

Una empresa explota un yacimiento marino, y la
concesión que tiene para hacerlo le exige retirar la
plataforma petrolífera al final del período de
producción y restaurar el fondo marino. El noventa por
ciento de los eventuales costos tienen relación con la
retirada de la plataforma y con la restauración de los
daños causados por la instalación, mientras que
solo el diez por ciento de los citados costos se deriva de la
extracción del crudo. En la fecha del balance de
situación general, ha sido construida e instalada la
plataforma, pero no se ha comenzado la extracción de
petróleo.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
Es la
construcción e instalación de la plataforma,
según las condiciones de la concesión, el suceso
que produce la obligación legal de retirarla y restaurar
el fondo marino, y por tanto este es el suceso que da origen a la
obligación. A la fecha de cierre del período, no
obstante, no hay ninguna obligación de reparar los
daños que se deriven de la extracción del
crudo.

Una salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
Probable.

Conclusión: Se reconocerá una
provisión, por importe del noventa por ciento de la mejor
estimación de los eventuales costos, que corresponde a los
de retirada de la plataforma petrolífera y
restauración de los daños causados por su
construcción e instalación (véase el
párrafo 15). Estos costos se sumarán al diez por
ciento de los costos, que surgirán por la obtención
del crudo, se reconocerán a medida que el petróleo
sea extraído.

Ejemplo 4: Reembolso de las ventas a voluntad del
cliente.

Un almacén de venta al detalle tiene la
política de reembolsar las ventas a los clientes que no
estén satisfechos con ellas, incluso en los casos en que
no hay obligación legal de hacerlo. Esta práctica
de reembolso a voluntad del cliente es ampliamente
conocida.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
El suceso que da
origen al compromiso es la venta del producto, de la que surge la
obligación asumida, puesto que el comportamiento pasado
del almacén ha dado pie a la creación de una
expectativa válida por parte de los clientes, a los que
éste reembolsa a voluntad sus compras.

Salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
Probable, puesto que una determinada
proporción de los bienes se devuelven y reembolsan
(véase el párrafo 25).

Conclusión: Se reconocerá una
provisión por importe de la mejor estimación de los
costos de los reembolsos a efectuar (véanse tanto el
párrafo 11, para la definición de obligación
asumida, como los párrafos 15, 18 y 25).

Ejemplo 5A: Cierre de una división, que no
se llevará a cabo antes de la fecha de cierre del balance
general

El 12 de diciembre del año 2000, el Directorio de
la empresa decidió cerrar una de sus divisiones. Con
anterioridad al cierre de ese período contable (que tuvo
lugar el 31 de diciembre del año 2000) ni se
comunicó la decisión a ninguno de los afectados ni
se tomó ninguna otra medida para llevar a cabo la clausura
decidida.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
No ha habido
ningún suceso que de origen a compromisos, y por tanto no
existe obligación alguna.

Conclusión: No se reconocerá
provisión alguna (véanse los párrafos 15 y
73).

Ejemplo 5B: Cierre de una división, que ha
sido objeto de comunicación o implementación antes
de la fecha de cierre del período

El 12 de diciembre del año 2000, el Directorio
tomó una decisión de cerrar la división que
fabricaba un producto en particular. El 20 de diciembre del mismo
año se acordó, por parte del Directorio, un plan
detallado para implementar el cierre: se mandaron cartas a los
clientes avisándoles de que se buscará una fuente
alternativa de suministro, a la vez que se mandaron los
correspondientes avisos para el personal que prestaba sus
servicios en la división.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
El suceso que ha
dado origen a la obligación es la comunicación
realizada a los clientes y al personal de la división, lo
cual ha dado lugar a una obligación asumida desde esa
fecha, puesto que ha creado una expectativa válida
respecto a la clausura de la división y a sus
efectos.

Salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
Probable.

Conclusión: Se reconocerá una
provisión a 31 de diciembre del año 2000, por el
importe de la mejor estimación de los costos que se
derivarán del cierre de la división (véanse
los párrafos 15 y 73).

Ejemplo 6: Obligación legal de colocar
filtros para el humo

Según la legislación recién
aprobada, la empresa está obligada a colocar filtros para
el humo en las chimeneas de sus fábricas antes del 30 de
junio del año 2000. La empresa no ha colocado tales
filtros:

a) a la fecha del balance general, el 31 de diciembre
del año 1999.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
No hay evento
alguno que de origen a la obligación de incurrir en el
costo de los filtros para el humo ni en las multas que la
legislación prevea de no colocarlos.

Conclusión: No se reconocerá
provisión por el costo de los filtros para el humo
(véanse los párrafos 15 y 18 a 20).

b) a la fecha del balance general, el 31 de diciembre
del año 2000

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
No se ha
producido todavía ningún suceso que haya dado
origen a una obligación en lo que se refiere a los costos
de colocar los filtros para el humo, puesto que no se ha
procedido a colocarlos. No obstante, y en virtud de lo que prevea
la legislación, ha podido surgir una obligación de
pago de multas o sanciones, puesto que se ha producido el suceso
que da origen a la sanción (el incumplimiento de las
Normas de funcionamiento en las fábricas).

Salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
La evaluación de la probabilidad de
incurrir en multas o sanciones por el incumplimiento de las
Normas de funcionamiento en las fábricas, depende de los
detalles concretos de la legislación, así como de
la seriedad del régimen de vigilancia y aplicación
de la normativa.

Conclusión: No se reconocerá
provisión alguna por los costos de los filtros para el
humo. No obstante, se ha de reconocer una provisión por
importe de la mejor estimación de las multas o sanciones,
siempre que haya más posibilidad de que sean impuestas a
la empresa que de lo contrario (véanse los párrafos
15 y 18 a 20).

Ejemplo 7: Actualización formativa del
personal como consecuencia de cambios en el sistema de impuesto a
la renta.

El gobierno ha introducido ciertos cambios en el sistema
del impuesto a la Renta de las empresas. Como consecuencias de
tales cambios, una empresa del sector de servicios financieros
puede encontrar necesario actualizar los conocimientos de una
gran parte de sus empleados en las áreas comercial y
administrativa, para asegurarse de que se seguirá
observando la regulación que atañe a los servicios
financieros. En la fecha del balance general, no se han llevado a
cabo acciones formativas.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
No ha habido
ningún suceso que de origen a compromisos (en concreto no
se han producido las acciones formativas), y por tanto no existe
obligación alguna.

Conclusión: No se reconocerá
provisión alguna (véanse los párrafos 15 y
18 a 20).

Ejemplo 8: Un contrato de carácter
oneroso

La empresa opera, con ganancias, una fábrica que
tiene alquilada mediante un acuerdo de arrendamiento operativo.
Durante el mes de diciembre del año 2000, la empresa
traslada su operación a una nueva fábrica. El
arrendamiento de la vieja fábrica estará en
vigencia durante los próximos cuatro años, y no
puede ser cancelado antes de esa fecha, ni la fábrica
puede ser realquilada a terceros.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
El suceso en el
que tiene su origen la obligación, de tipo legal, es la
firma del contrato de arrendamiento.

Salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
Cuando el arrendamiento se convierte en
oneroso, es probable la salida de recursos que incorporan
beneficios económicos (hasta ese momento, la empresa
contabilizará al arrendamiento siguiendo las disposiciones
de la Norma relacionada con Arrendamientos).

Conclusión: Se reconocerá una
provisión, por importe de la mejor estimación de
los pagos inevitables que se deriven del arrendamiento de la
fábrica abandonada (véanse los párrafos 5.c.
15 y 67).

Ejemplo 9: Un aval individual

En el año 1999, la empresa A otorgó un
aval sobre ciertos préstamos tomados por la empresa B,
cuya situación financiera a la sazón era excelente.
En el año 2000, la posición financiera de la
empresa B se deterioró, de forma que a 30 de junio de ese
año la empresa B solicitó entrar en una
situación concursal.

a) a 31 de diciembre de 1999

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
El suceso que da
origen a la obligación, de tipo legal, es la
prestación del aval.

Salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
No es probable una salida de recursos a 31
de diciembre de 1999.

Conclusión: No se reconocerá
provisión alguna (véanse los párrafos 15 y
24). El aval se presentará como un pasivo contingente, en
una nota a los estados financieros, salvo que la posibilidad de
que haya una salida de recursos sea remota (véase el
párrafo 86).

b) a 31 de diciembre del 2000

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
el suceso que da
origen a la obligación, de tipo legal, es la
prestación del aval.

Salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
a 31 de diciembre del año 2000 es
probable una salida de recursos, que incorporen beneficios
económicos, para cancelar la obligación.

Conclusión: Se reconocerá una
provisión, por el importe de la mejor estimación de
la obligación (véanse los párrafos 15 y
24).

Nota: Este ejemplo contempla una garantía
individual. Si la empresa tiene una cartera de avales similares,
puede evaluarla en su conjunto al proceder a la
determinación de la probabilidad de salida de recursos que
incorporen beneficios económicos (véase el
párrafo 24). Cuando la empresa haya obtenido comisiones
por los avales prestados, el importe de tales ingresos se
reconocerá utilizando las disposiciones de la NEC 9,
Ingresos.

Ejemplo 10: Un caso judicial

Tras la celebración de una boda, en el año
2000, murieron diez personas posiblemente a causa de comida en
malas condiciones, que había sido elaborada con productos
vendidos por la empresa. Se emprendieron reclamaciones legales
contra la empresa solicitando indemnización por
daños, cuya responsabilidad no esta aceptada. Hasta la
fecha de aprobación de los estados financieros del
ejercicio cerrado el 31 de diciembre del año 2000, los
abogados de la empresa eran de la opinión de que la
entidad probablemente no sería declarada culpable, y por
tanto no tendría que afrontar ninguna responsabilidad. Sin
embargo, cuando la empresa estaba elaborando sus estados
financieros correspondientes al período contable cerrado
el 31 de diciembre del año 2001, los abogados opinaban
que, tras los últimos desarrollos del proceso judicial,
era probable que la empresa fuera encontrada culpable.

a) a 31 de diciembre del 2000

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
A partir de la
evidencia disponible, en la fecha de la aprobación de los
estados financieros por parte del órgano de gestión
de la empresa, no existe obligación alguna a consecuencia
de sucesos pasados.

Conclusión: No se reconocerá
provisión alguna (véanse los párrafos 16 y
17), la reclamación será presentada como un pasivo
contingente en las notas, a menos que la probabilidad de salida
de recursos se considere remota (véase el párrafo
87).

b) a 31 de diciembre del 2001

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
A partir de la
evidencia disponible, existe una obligación
presente.

Una salida de recursos que incorporan beneficios
económicos:
Probable.

Conclusión: Se reconocerá una
provisión, por importe de la mejor estimación de
los costos que supondrá cancelar la obligación que
surja del proceso judicial (véanse los párrafos 15
a 17).

Ejemplo 11: Mantenimiento y
reparaciones

Algunos activos requieren, además del
mantenimiento rutinario, desembolsos sustanciales cada varios
años para importantes reacondicionamientos o reparaciones,
así como sustitución de sus principales
componentes. En la NEC 12, Propiedades, planta y equipo, se
proporcionan guías para distribuir la inversión
realizada en un activo, entre las partes que lo componen, en el
caso de que tales partes tengan diferentes vidas útiles o
suministren beneficios económicos con patrones
diferentes.

Ejemplo 11A: Costos de renovación, en caso
de que no exista obligación legal de
hacerla

Un horno cuenta con un revestimiento que necesita ser
repuesto cada cinco años, por razones técnicas. En
la fecha del balance de situación general, el
revestimiento en cuestión ha estado en uso durante los
últimos tres años.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
No hay
obligación presente alguna

Conclusión: No se reconocerá
ninguna provisión (véanse los párrafos 15 y
18 a 20).

El costo de reemplazar el revestimiento no se reconoce
porque, en la fecha del balance de situación general, no
existe ninguna obligación de renovación que sea
independiente de las actuaciones futuras de la
compañía, ya que incluso la intención de
incurrir en el costo de reemplazo del revestimiento depende de
que la entidad se decida por continuar explotando el antiguo o
hacer la reposición. En lugar de reconocer una
provisión, la depreciación del revestimiento
tendrá en cuenta su ritmo de consumo, esto es, el costo
será distribuido entre cinco años. Por lo tanto,
los costos de reemplazar el viejo revestimiento serán
capitalizados, y el consumo correspondiente a cada nueva
inversión será mostrado como un gasto por
depreciación a lo largo de los siguientes cinco
años.

Ejemplo 11B: Costos de renovación, en el
caso de que exista obligación legal de
hacerla

Una determinada compañía aérea
está obligada, por ley, a someter a revisión las
aeronaves cada tres años.

Obligación presente como consecuencia de un
suceso pasado que ha dado origen a la misma:
No hay
obligación presente alguna.

Conclusión: No se reconocerá
ninguna provisión (véanse los párrafos 15 y
18 a 20).

El costo de revisar la aeronave no tiene que reconocer
como provisión por las mismas razones dadas respecto a los
costos del revestimiento del horno, en el ejemplo 11A, que no se
reconocían por anticipado como provisión. Por
tanto, ni siquiera cuando existe obligación legal de hacer
la revisión hace un pasivo, puesto que la
obligación en cuestión no es independiente de las
actuaciones futuras de la empresa: la entidad puede evitar el
desembolso futuro con las actuaciones correspondientes, por
ejemplo vendiendo el aparato antes de que se cumpla el plazo de
hacer la revisión. En lugar de reconocer provisión
alguna, la amortización de la aeronave habrá de
tener en cuenta la incidencia futura de esos costos extras de
mantenimiento, esto es, habrá de procederse a amortizar en
tres años un costo similar al previsto para la
revisión.

Apéndice D

Ejemplos de información a revelar sobre
provisiones

Este Apéndice tiene carácter ilustrativo y
no forma parte de la Norma. El propósito del
Apéndice es ilustrar la aplicación de las reglas
contenidas en la misma, con la finalidad de ayudar a clarificar
su significado.

En primer lugar se suministran dos ejemplos de la
información en notas exigida por el párrafo
86.

Ejemplo 1 Garantías

Una empresa manufacturera ofrece
garantías, en el momento de la venta, para sus
tres líneas de producto. Según las
condiciones de la garantía, la empresa se
compromete a reparar o sustituir los artículos que
no funcionen de forma satisfactoria en un período
de dos años desde el momento de la venta. En la
fecha del balance de situación general se ha
procedido ha reconocer una provisión por importe
de 60.000. El anterior importe no ha sido objeto de
descuento, puesto que el efecto de la
actualización es insignificante. La
información complementaria que se revela a
través de las notas es la siguiente:

Se ha dotado una provisión de 60.000 para
cubrir las reclamaciones por la garantía de los
productos vendidos a lo largo de los últimos tres
períodos. Se espera aplicar la mayoría de
este importe en el próximo período para
cubrir las reclamaciones que se presenten, y la totalidad
del saldo será utilizado en los próximos
dos años a partir de la fecha del balance de
situación.

Ejemplo 2 Costos de
desmantelamiento

En el año 2000, cierta empresa implicada
en actividades con energía nuclear ha reconocido
una provisión por desmantelamiento de las
instalaciones por importe por 300 millones. El importe de
la cita provisión ha sido estimado utilizando la
hipótesis de que el desmantelamiento tendrá
lugar en un plazo de 60-70 años. No obstante, cabe
la posibilidad de que no tenga lugar hasta un plazo de
100-110 años, en cuyo caso el valor presente de
los costos quedaría reducido de manera
significativa. Se revela la siguiente información
complementaria en las notas:

Se ha dotado una provisión de 300
millones por costos de desmantelamiento. Se espera
incurrir en los citados costos entre los años 2060
y 2070, no obstante es posible que el citado
desmantelamiento no tenga lugar hasta los años
2100-2110. Si los costos se hubieran medido utilizado
esta última expectativa, el importe de la
provisión se hubiera reducido, por efecto del
descuento de las cantidades, en 136 millones. El importe
de la provisión ha sido estimado teniendo en
cuenta la tecnología y los precios existentes en
la actualidad, y utilizando un tipo de descuento real del
2 por ciento.

En segundo lugar se ofrece un ejemplo de la
información en notas exigidas por el párrafo 93,
donde alguna de la información requerida no es
suministrada porque puede esperarse que perjudique seriamente la
posición de la empresa.

Ejemplo 3 Información no revelada por
ser perjudicial para la empresa

Cierta empresa está envuelta en una disputa
con un competidor, el cual alega que ésta ha
infringido su derecho de utilizar determinadas patentes y
reclama daños y perjuicios por 100 millones. La
empresa ha procedido a reconocer una provisión, por
el importe de la mejor estimación de la
obligación, pero no revela ninguno de los datos
exigidos por los párrafos 85 y 86 de la Norma. Se
ofrece la siguiente información complementaria en
las notas:

Está en proceso un litigio con un
competidor, quien alega que la empresa ha infringido su
derecho a utilizar determinadas patentes y reclama
daños y perjuicios por importe de 100 millones. No
se detalla la información exigida por la NEC 26,
Provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes,
puesto que la revelación de los datos
correspondientes puede esperarse que perjudique seriamente
el desenlace del litigio. La gerencia de la empresa es de
la opinión de que la compañía
podrá defender con éxito su posición
en el proceso.

 

 

Autor:

Jackson García

 

[1] La interpretación del
término “probable” en esta Norma (esto es,
“mayor posibilidad de que un evento se presente que de lo
contrario”), no es necesariamente de aplicación a
otras Normas Ecuatorianas de Contabilidad

Partes: 1, 2
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